El artículo de hoy, el último de este año 2023, nos trae para ayudar a clarificar los términos que vamos a ver, una teoría y artículo tremendamente interesantes. Sí, sé que probablemente lo primero que ha pensado al leer el título es que más que una descripción de lo hablado sería una especia de reclamo publicitario. Es cierto que con esa finalidad se ha expuesto de esta manera, pero le aseguro que todo lo que pone tiene su reflejo en las líneas venideras. Una de las actividades que creo, y siempre recomiendo, que cualquier criminólogo (y yo diría cualquier profesional) debe hacer, es mantenerse informado y al tanto de lo que sobre su disciplina acontece. Esto tiene dos vertientes, la primera es el estudio de los conocimientos para ir adquiriendo cada vez más, y la segunda leer y conocer la mayor parte de noticias que (y por tanto publicaciones) vayan saliendo a diario. Y, tras leer las que hoy le presento aquí, creí que eran buenos argumentos para hablar sobre un tema que, aunque la mayoría de vosotros estoy seguro conocen, no es menos importante el recordarlo.
La criminología da para mucho. ya sabemos que su multidisciplinariedad abarca un extenso abanico de disciplinas. Algunas de las más conocidas son la psicología, la antropología, la medicina y la estadística, pero hoy hablamos de otras dos. La primera, digamos que se trata de la industrialización. Porque sí, tiene una, por ahora identifiquémoslo como «vinculación», y la segunda, la música. Tal vez, refiriéndonos a esta, dentro de las artes, la música es la que menos tiene que ver a priori (por ejemplo en nuestro podcast «Zona Criminal» hemos hablad más de una vez de criminología y arte centrada en la pintura, escultura, es decir la parte plástica y el mundo criminal). Esa vinculación de la que hablábamos da por mucho. Se puede estudiar dependiendo prácticamente de cualquier parámetro. La delincuencia está presente en toda sociedad, y por ende puede ser comparada con cualquier hecho, estamento, conducta,… que en ella se dé. Y he aquí las dos grandes ideas que se exponen, vinculación y conceptos. Pero estas, a nivel empírico, digamos que están vacías de contenido para poder luego aplicar en estudios, investigaciones, análisis,.. reales de la criminología. Porque sí, lo que realmente nos interesa no es una comparación o vinculación común, sino el estudio de una correlación, para si se puede, hallar posteriormente la causa, ¿Con qué finalidad? la de poder actuar en ella y cambiarla (cuando el hecho ya haya sido producido) y minimizar las consecuencias negativas o, en el mejor de los casos, prevenirlo). Y esto, esa necesidad de correlación (que digamos es la aplicación de conocimientos científicos, en criminología principalmente estadísticos, para hallar una unión real (positiva o negativa) entre dos variables, entre dos parámetros), es lo que creo, se explica bien con la teoría y artículo que presentamos.
La primera es la conocida como ley del precio de granos (Von Mayr, 1917) por la cual se estableció una correlación entre el precio de los granos y la criminalidad, pero no solo esto, en términos generales, sino que esta se daba con los delitos contra la propiedad. Es importante marcar aquí la diferencia entre vinculación, relación,… y correlación, puesto que esta última implica una conclusión objetiva, empírica y directa, mientras las otras no (de ahí el ejemplo). De hecho, esto se ve muy bien cuando algo de estos parámetros cambia. Cuando nos hablan de una relación o vinculación entre dos «cosas» (hechos, conductas, etc.) parece que esta es sempiterna, pero una correlación se modifica en cuanto un ítem de la variable (o la propia variable, claro está) cambia mínimamente. Así por ejemplo, con la industrialización (sobre todo la segunda), esta correlación desapareció, y se dio una nueva, la de la producción industrial y los accidentes de tráfico. Efectivamente, sabiendo esto, podríamos trabajar con alguna hipótesis causal. Por ejemplo que al subir el precio del grano a principios del siglo XX, con una guerra mundial por medio y siendo este el alimento básico, su aumento imposibilitaba la compra a una mayoría, haciendo que no tuvieran un mínimo de comida, lo que les empujaba a robar para poder comer y/o vender para comprar. Y esto, según pasaba el tiempo y mejoraban las condiciones generales, siendo ya el grano asequible para una mayoría y teniendo acceso a un casi sinfín de alimentos más, la correlación pasaba a centrarse en los desplazamientos diarios en vehículos a motor que tenían que hacer los trabajadores hasta los lugares de desempeño. Desplazamientos masivos que nunca antes se habían dado (esto como hipótesis común para ilustrar lo que queremos decir). Como ve, existe una correlación que cambia en cuanto algo, mínimamente se modifica.
Después tenemos lo que podríamos considerar, como decimos, relaciones sin ninguna vinculación empírica. Esto se observa bien en un trabajo que sin duda atraerá la atención de los que estudian ciertos conceptos criminológicos, titulado «Música y Crimen ¿Ciertos tipos de música crean criminales o los atraen?» . Al parecer, pudiéramos interpretar que pudiera existir una correlación entre la música y la «creación» de un delincuente. O lo que sería más exactos, estudiar la tipología de música como desencadenante de acciones delictivas (para luego observar qué predisponentes podrían existir en el individuo). Pero nada más lejos de la realidad, pues en este caso, se expone vamos a decir, un recorrido de ciertos hechos que tienen presencia de música (por parte de los victimarios principalmente) en su desarrollo. Desde asesinos que utilizaron ropa de distintos grupos, hasta criminales que dijeron que, escuchar cierta música, les animó a cometer los hechos por los que fueron juzgados. Pero, en ningún momento se establece una correlación entre música y delitos. De hecho, en la introducción del propio artículo se expone un estudio anterior que se establece como exploratorio entre juventud y música, es decir, en este caso se trata de una introducción más comparativa y descriptiva que correlacional. Pero cuidado, en ningún momento el artículo trata de esto, es decir, de intentar mostrar una correlación, en absoluto, y esta es también una mínima reivindicación. Somos nosotros, como criminólogos, los que debemos saber hacer esta distinción, pues en muchas ocasiones, podríamos confundir y equiparar una correlación con una comparación, y de hecho, muchas veces, podemos observar que ciertos artículos (normalmente en prensa, no en publicaciones científicas) nos hablan o presentan en forma de correlación, simples coincidencias no relacionales (ni siquiera) que pueden darse.
Y aunque, como he dicho, a la mayoría estas diferencias les parecen obvias, debemos pararnos a pensar que deben quedar no solo bien asentadas en nuestro esquema sino aprehendidas para que, a partir de ahí, podamos comprender y desarrollar las investigaciones venideras. Estos conceptos, que en muchas ocasiones se pasan por encima en la enseñanza de la criminología (aunque parezca mentira y es verdad que en los últimos años ha mejorado considerablemente), son fundamentales no solo para el ámbito académico, sino también el práctico. El primero, desarrollará los estudios que sirvan como base al segundo para aplicarlos.



